El Ministerio de Transporte y la Secretaría de Movilidad de Bogotá aprobaron la inmovilización de 20.568 vehículos en Colombia que no han hecho traspaso de vehículos, aun cuando se les avisó desde noviembre de 2025 sobre el trámite.

La medida fue advertida desde noviembre
Con el Auto 704 del 17 de septiembre, publicado por la Secretaría de Movilidad de Bogotá y comunicado a través de la Ventanilla Única de Movilidad (VUS), dieron a conocer esta nueva medida radical que sanciona a los conductores de estos carros y motos que circulan en el país sin tener un propietario oficial ante el Tránsito.

Exactamente, la Secretaría de Movilidad suspendió de oficio y de manera provisional el registro (matrícula) de miles de vehículos automotores que se encontraban inscritos bajo la figura de “persona indeterminada”.
La determinación da cumplimiento al artículo 5.3.3.5 de la Resolución 20223040045295 de 2022 del Ministerio de Transporte (modificado por la Resolución 20253040049955 de 2025). Al vencerse el plazo estipulado, las autoridades tuvieron que tomar la medida.
El Distrito y el Gobierno nacional estipularon que aquellos vehículos que tienen el “traspaso abierto”, es decir, que está inscrito a nombre de persona indeterminada y fueron notificados desde noviembre, pero no hicieron el trámite, ahora podrán ser inmovilizados y excluidos de varios trámites.

En esta notificación fueron incluidos 20.747 vehículos y, tras haberse vencido el trámite en mayo de 2026, solo se registraron 179 personas, por lo que las autoridades ahora tomaron la decisión de suspender 20.568 vehículos restantes.
Link para consultar si su vehículo fue incluido en esta medida radical
Haciendo clic en este enlace (que lo redirecciona al Auto oficial de Tránsito, el 704 de 2026), todos los conductores podrán evidenciar desde la página 5 hasta la 82 si su vehículo está incluido en esta medida.
Allí, se evidencia en orden alfabético y numeral las placas incluidas de los vehículos que ahora podrán ser sancionados por las autoridades.

Como se mencionó anteriormente, la inmovilización no es la única medida que pueden sufrir los propietarios no identificados de estos vehículos. En el documento Auto se especifica que también tomarán las siguientes medidas:
Bloqueo en el SOAT y la tecnomecánica
Exactamente en el parágrafo 2 del artículo 1 del documento linkeado se estipula que, debido a esta sanción radicada por el MinTransporte y la Secretaría Distrital de Movilidad, no se podrá expedir el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
Mientras tanto, en el parágrafo 1 del artículo 3 se dispone que la suspensión del registro del vehículo impedirá la realización de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

