Desde el jueves 12 de febrero quedó en firme el Decreto Distrital 042 de 2026, mediante el cual la Administración Distrital fijó las tarifas del servicio público individual de pasajeros en taxi en Bogotá para la presente vigencia.


La actualización tarifaria se definió a partir de un estudio técnico adelantado durante 2025, que integró los resultados de encuestas de mercado, el comportamiento de las variables macroeconómicas y el salario mínimo legal vigente de ese año.
Este análisis permitió establecer valores de referencia que buscan garantizar sostenibilidad para el sector y transparencia para los usuarios.
El servicio cuenta con dos parámetros de cobro: mediante taxímetro y a través de plataforma tecnológica.
Las tarifas y condiciones específicas están consignadas en las tablas técnicas correspondientes, lo que asegura claridad en la liquidación del servicio tanto para los usuarios como para los conductores.
En cuanto a las aplicaciones, debido al sistema que utilizan las plataformas, estas suelen fijar tarifas que el usuario está en plena libertad de aceptar a la hora de solicitar un servicio; de igual forma, hay apps que permiten negociar con el conductor o que también le dan la posibilidad de que el servicio sea calculado a través del ya mencionado taxímetro.

Cobro mediante taxímetro
| Ítem | Número de Unidades | Valor a pagar sin factor de excelencia operacional | Valor a pagar con factor de excelencia operacional |
|---|---|---|---|
| Valor unidad cada 100 metros | 1 | $ 159 | $ 172 |
| Banderazo o Arranque | 28 | $ 4.500 | $ 4.800 |
| Valor por cada 24 segundos de espera | 1 | $ 159 | $ 172 |
| Recargo hacia y desde el aeropuerto o puente aéreo | 50 | $ 8.000 | $ 8.600 |
| Recargo nocturno (de 20:00 a las 5:00 horas), dominical o festivo | 24 | $3.800 | $ 4.100 |
| Carrera mínima | 50 | $ 8.000 | $ 8.600 |
| Recargo por el servicio puerta a puerta | 9 | $ 1.400 | $ 1.500 |
| Recargo por el servicio en zona amarilla de excelencia operacional | 20 | N/A | $3.400 |
¿Qué pasó con el proyecto de ley que afectaba a plataformas de Transporte?
Luego de la gran polémica causada por el proyecto que el Gobierno nacional radicó ante el Congreso de la República con el que buscaba regular el uso de plataformas digitales de transporte, Luis Gabriel Serna, jefe de la Oficina Jurídica de la Superintendencia de Transporte, emitió un comunicado en el que informa sobre el retiro del proyecto.
“Considerando las múltiples y sincrónicas erradas interpretaciones de algunos artículos del proyecto de ley 347/26, recientemente radicado en el congreso, conocido como régimen sancionatorio del sector transporte, el Gobierno nacional ha decidido retirarlo para hacer algunos ajustes al articulado, de tal forma que transmitan mayor claridad a la opinión pública y sea el reflejo de las mesas de negociación que se han venido adelantando con los gremios de carga”, dijo Serna en el video publicado.


La iniciativa pretendía reforzar los mecanismos de control y sanción en el transporte, lo que podría derivar en cambios significativos para diversas aplicaciones usadas a diario, con efectos directos en la forma en que millones de ciudadanos se desplazan, generan ingresos y acceden a distintos servicios.
El proyecto, presentado ante el Senado, planteaba un nuevo marco sancionatorio que catalogaría como ilegal el transporte de pasajeros intermediado por plataformas digitales cuando se realice con vehículos particulares.
En la práctica, la propuesta busca prohibir el funcionamiento de estas aplicaciones, que actualmente operan sin una regulación específica.
