Aunque para millones de personas la visa sigue siendo el documento indispensable para ingresar a Estados Unidos, existe un grupo de viajeros que puede entrar al país sin realizar ese trámite.

Ese beneficio aplica únicamente para ciudadanos de los países incluidos en el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program o VWP), quienes pueden solicitar una autorización electrónica conocida como ESTA.
En el caso de los colombianos, la situación es diferente. Quienes deseen viajar a Estados Unidos por turismo, negocios o cualquier otro motivo deben tramitar una visa, ya que Colombia no hace parte del listado de países habilitados para acceder al programa de exención.
El Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) es el mecanismo que utilizan las autoridades estadounidenses para autorizar el ingreso de los viajeros que hacen parte del programa.

Es importante tener en cuenta que el ESTA no equivale a una visa. Se trata de una autorización electrónica mediante la cual Estados Unidos verifica previamente si un viajero reúne las condiciones para ingresar al país bajo el Programa de Exención de Visa y si cumple con los criterios establecidos por las autoridades migratorias.
Para acceder al programa es necesario cumplir varios requisitos:
- Ser ciudadano o nacional de un país participante en el Programa de Exención de Visa.
- Contar con una autorización ESTA aprobada.
- Viajar por turismo, negocios o tránsito.
- Permanecer en Estados Unidos por un máximo de 90 días.
- Cumplir con todas las condiciones migratorias establecidas en el programa.

¿Cómo solicitar la autorización?
El proceso se realiza de manera electrónica y consta de los siguientes pasos:
- Completar la solicitud en línea.
- Registrar los datos personales y del pasaporte.
- Ingresar la información del viaje.
- Responder las preguntas de seguridad y elegibilidad.
- Pagar la tarifa correspondiente.
- Esperar la respuesta de las autoridades.

Actualmente, el Programa de Exención de Visa incluye a ciudadanos de los siguientes países:
Europa: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, San Marino, Suecia y Suiza.

Asia y Medio Oriente: Brunéi, Catar, Corea del Sur, Japón, Singapur y Taiwán.
Oceanía: Australia y Nueva Zelanda.
América: Chile.
Los ciudadanos de países que no forman parte de este programa, entre ellos Colombia, deben continuar realizando el trámite de la visa correspondiente para poder ingresar legalmente a Estados Unidos.
