Myriam Alcira Martínez, una reconocida jueza de control de garantías de Bogotá, fue capturada en las últimas horas por haber firmado un hábeas corpus que benefició a un ciudadano holandés requerido en extradición por vínculos con organizaciones dedicadas al narcotráfico.

La funcionaria judicial fue vinculada a un proceso penal por el delito de prevaricato por acción. Esto, por considerarse que su decisión no tenía bases jurídicas sólidas.
Los hechos tienen relación directa con la libertad concedida al ciudadano Jozef Marcus Hendricka Van der Voort, requerido por las autoridades de su país por delitos relacionados con el tráfico de droga.
El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Iván Mauricio Lenis, se refirió a las condenas contra los exmagistrados Leónidas Bustos y Camilo Tarquino: “Participaron en una organización criminal”. https://t.co/f0wz5K8LNE pic.twitter.com/Cm5gk6VD1J
— Revista Semana (@RevistaSemana) October 19, 2026
El pasado 19 de septiembre, el juez 43 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá revocó la decisión y ordenó que el ciudadano holandés siguiera privado de su libertad mientras la Corte Suprema de Justicia evalúa su caso.
“Luego de verificar las circunstancias que dieron lugar a la acción constitucional, el Despacho concluyó que no se acreditó una privación ilegal de la libertad ni una prolongación indebida de esta, por lo que no se configuraban los presupuestos que hacen procedente la acción constitucional”, señaló el juez de conocimiento en esa oportunidad.
El llamado de la Corte Suprema
La captura de la juez 77 de control de garantías de Bogotá se dio cuatro meses después de que la Corte Suprema de Justicia advirtiera y prendiera las alertas sobre la orden “ilegal” para dejar libre a un ciudadano que fue capturado en Colombia a través de una circular roja de la Interpol que solicitó el Gobierno de Países Bajos.

Este proceso arrancó el 18 de febrero de 2026, cuando las autoridades en Colombia hicieron efectiva la orden de captura contra Marcus Hendrika Van Der Voor, un ciudadano que era requerido por una circular roja que expidió dicho país.
En abril, el Ministerio de Justicia le hizo llegar a la Corte Suprema de Justicia la solicitud formal de extradición debidamente traducida y legalizada. De hecho, la Sala de Casación Penal destacó que esos documentos cumplieron los requisitos formales establecidos en la normatividad procesal penal.

Sin embargo, mientras se evaluaba el caso se encontraron con la decisión del Juzgado 77 Penal con Función de Control de Garantías de Bogotá decidió darle la libertad a Van Der Voort tras resolver un habeas corpus que radicó contra la decisión que lo tenía con medida de aseguramiento intramural mientras avanzaba el proceso en su contra.
Dicho juzgado argumentó su decisión explicando que el expediente contra el extranjero no tenía la traducción exigible de los documentos sustento de la petición de extradición, lo que habría vulnerado el debido proceso.
Lo preocupante es que la propia Corte Suprema de Justicia fue la responsable de confirmar que esos documentos que llegaron al Ministerio de Justicia tenían la traducción establecida y cumplían con todos los requisitos formales que impone la ley.
Por eso los magistrados de la Sala de Casación Penal alertaron: “La decisión del juzgado es aparentemente ilegal y está basada en argumentos que no consultan la realidad del trámite de extradición, con base en los cuales concedió la libertad del procesado sin soporte probatorio alguno“.