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Accidente de tránsito
La cifra de evasión del Soat en Colombia supera el 47 %. | Foto: Getty Images

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¿Qué gastos cubre el Soat en un accidente de tránsito?

El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat) es de carácter obligatorio para los vehículos automotores en Colombia.

29 de julio de 2022

Los conductores de vehículos automotores en Colombia deben cumplir con una documentación reglamentaria para poder salir a carretera: la licencia de conducción, la revisión técnico mecánica y el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat).

Aunque para algunos conductores el no contar con uno de los documentos mencionados previamente solo supone el riesgo de recibir una multa y la inmovilización del vehículo, es clave entender cuál es la importancia de cada uno de ellos, en especial, la del Soat.

Todos los días se registran accidentes de tránsito en las vías del país. Si bien algunos resultan menores, otros involucran lesiones de gravedad o, incluso, pérdidas humanas. Es justo en este tipo de casos donde el Soat cobra mayor relevancia.

El Soat garantiza la atención integral e inmediata de las víctimas de accidentes de tránsito cuando lo requieran. En ese sentido, este seguro cubre los servicios de atención en urgencias y la rehabilitación física y mental de los lesionados hasta los topes establecidos.

Amparos por víctima:

  • A. Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios - Hasta 800 salarios mínimos legales vigentes (SMLV).
  • B. Incapacidad permanente - 180 SMLV.
  • C. Muerte y gastos funerarios - 750 SMLV.
  • D. Gastos de transporte y movilización de víctimas - 10 SMLV.

Un detalle importante sobre el Soat es que se centra en la atención del número de pasajeros para el cual el vehículo está autorizado. Por esta razón, es clave evitar los sobrecupos al momento de salir a carretera.

Por ejemplo, la mayoría de carros particulares están autorizados para cinco personas (un conductor y cuatro pasajeros). En caso de que en el vehículo viajen seis individuos (uno más del permitido), este quedaría por fuera del cubrimiento del Soat.

Por otra parte, con el objetivo de evitar estafas, las autoridades de tránsito recomiendan adquirir el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito únicamente con proveedores autorizados. Así mismo, los actores viales pueden verificar la vigencia del seguro consultando en la página web del Runt.

Riesgos a causa de la evasión

De acuerdo con la Federación de Aseguradoras de Colombia (Fasecolda), al comparar la cifra del parque automotor registrado en el Runt con el parque automotor asegurado, se puede estimar una evasión del 47,1 % en el año. Adicionalmente, el Runt informa que el 59,6 % del parque automotor son motos. En este tipo de vehículos, la evasión se calcula en 60,5 % y en el resto de los vehículos, en 27,4 %.

“El año pasado, el Soat aportó al sistema de salud 2 billones de pesos a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como con 96.000 millones de pesos para las políticas de prevención vial de la Agencia Nacional de Seguridad Vial”, explicó Miguel Gómez, presidente de Fasecolda.

Gómez, además, indicó que las cifras de accidentalidad continúan en ascenso, poniendo como referencia al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que reportó que 7.307 personas perdieron la vida en 2021 a causa de estos accidentes en todo el país.

Precios del Soat que rigen para el 2022:

  • Ciclomotor: $ 200.200.
  • Motos (100 cc): $ 414.800.
  • Motos (100 y 200 cc): $ 556.500.
  • Motos (200 cc): $ 627.600.
  • Motocarro: $ 627.600.
  • Camperos y camionetas (1.500 cc y menos de diez años): $ 653.500.
  • Camperos y camionetas (1.500 cc y más de diez años): $ 785.600.
  • Camperos y camionetas (1.500 y 2.500 cc y menos de diez años): $ 780.400.
  • Camperos y camionetas (1.500 y 2.500 cc y más de diez años): $ 924.300.
  • Camperos y camionetas (2.500 cc y menos de diez años): $ 915.200.
  • Camperos y camionetas (2.500 cc y más de diez años): $ 1.050.200.
  • Carga o mixto de menos de cinco toneladas: $ 732.400.
  • Carga o mixto entre cinco y 15 toneladas: $ 1.057.500.
  • Carga o mixto de más de 15 toneladas: $ 1.337.000.
  • Oficiales especiales (1.500 cc): $ 824.000.
  • Oficiales especiales (1.500 y 2.500 cc): $ 1.038.600.
  • Oficiales especiales (2.500 cc): $ 1.245.200.
  • Vehículos familiares de menos de 1.500 cc y menos de diez años: $ 368.800.
  • Vehículos familiares de menos de 1.500 cc y diez o más años: $ 488.900.
  • Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 cc y menos de diez años: $ 448.900.
  • Vehículos familiares entre 1.500 y 2.500 cc y diez o más años: $ 558.500.
  • Vehículos familiares de más de 2.500 cc y menos de diez años: $ 524.300.
  • Vehículos familiares de más de 2.500 cc y diez o más años: $ 621.900.
  • Vehículos de seis o más pasajeros, menos de 2.500 cc y menos de diez años: $ 657.400.
  • Vehículos de seis o más pasajeros, menos de 2.500 cc y diez o más años: $ 838.900.
  • Vehículos de seis o más pasajeros, 2.500 o más cc y menos de diez años: $ 879.800.
  • Vehículos de seis o más pasajeros, 2.500 o más cc y diez o más años: $ 1.056.400.
  • Autos de negocio de menos de 1.500 cc y menos de diez años: $ 456.600.
  • Autos de negocio de menos de 1.500 cc y diez o más años: $ 570.500.
  • Autos de negocio entre 1.500 y 2.500 cc y menos de diez años: $ 567.600.
  • Autos de negocio entre 1.500 y 2.500 cc y diez o más años: $ 701.500.
  • Autos de negocio de más de 2.500 cc y menos de diez años: $ 732.400.
  • Autos de negocio de más de 2.500 cc y diez o más años: $ 859.100.
  • Buses y busetas urbanos: $ 1.093.100.
  • Servicio público intermunicipal de menos de diez pasajeros: $ 1.081.100.
  • Servicio público intermunicipal de diez o más pasajeros: $ 1.568.500.